En virtud de la citada Resolución, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social ha resuelto que las diferencias resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden TMS/1070/2019, de 24 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2019 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2019, se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de enero de 2020.
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