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Enviado por editor el 16 January 2023

El pasado 11 de Enero de 2023 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de Enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.

En lo que concierne a la incentivación de la contratación laboral, el texto se asienta en tres principios básicos, la igualdad, la estabilidad y la eficiencia, ya que permite asegurar el acceso al mercado de trabajo en condiciones de igualdad a aquellos colectivos con mayores dificultades, es importante subrayar que se estimula no sólo el acceso sino que se va más allá para impulsar la contratación indefinida y a jornada completa como norma.

Así son objetivos específicos de esta norma:

1. El impulso prioritario de la contratación y el mantenimiento del empleo estable y de calidad de las personas y colectivos considerados vulnerables o de baja empleabilidad.

2. Excepcionalmente tales medidas podrán tener por objeto la contratación temporal y siempre limitada a incentivar el tránsito de las situaciones formativas en prácticas o mediante contrato laboral, en contratos indefinidos, así como la contratación temporal directamente vinculada a la conciliación.

3. La garantía del principio de igualdad y no discriminación en la regulación y aplicación de las medidas de fomento del empleo y la contratación.

4. El impulso de la mejora de la calidad del empleo del conjunto de las personas trabajadoras.

5. El fomento de la contratación de personas con discapacidad, priorizando aquellas con mayores dificultades y, en general, el tránsito al empleo ordinario.

6. El impulso de la creación neta de empleo y su mantenimiento.

7. El fomento del trabajo autónomo y de la economía social como instrumento eficaz de generación de trabajo estable y de calidad.

8. El reconocimiento e impulso de la participación de otros agentes en el desarrollo de instrumentos o medidas que favorezcan el cumplimiento de los objetivos de esta norma.

9. El reconocimiento de la dimensión sectorial y territorial de las ayudas al empleo.

El nuevo Real Decreto-ley,  instaurará a partir del 1 de Septiembre de 2023 un nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral, con múltiples novedades entre las que destacamos:

  • Se mantienen los incentivos vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley hasta su finalización y mientras se cumplan los requisitos exigidos en su momento.
  • Las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social pasan a ser cantidades fijas y prácticamente sólo para contratos indefinidos.
  • Se deroga la gran mayoría de las bonificaciones existentes hasta la fecha y las que se mantienen se modifican.
  • Se añaden nuevos requisitos para las empresas, así como nuevas exclusiones en la aplicación de bonificaciones a la contratación.

Entre otras novedades, el Real Decreto-ley, mejora la protección social de las personas artistas. Con efectos del 1 de Julio de 2023, la norma ha añadido una nueva Disposición Adicional 51ª a la Ley General de la Seguridad Social regulando la nueva prestación especial por desempleo de las personas trabajadoras sujetas a la relación laboral especial de los artistas.

Una prestación a la que se podrá acceder o bien acreditando estar en situación legal de desempleo con 60 días cotizados por prestación real de servicios en la actividad artística en los últimos 18 meses, o bien acreditando 180 días de alta en Seguridad Social por prestación real de servicios en la actividad artística.

El Real Decreto-ley incluye además distintas medidas para que la protección social de los artistas se adecúe a las características de sus profesiones, singularmente a la intermitencia de su actividad, reforzando especialmente el apoyo a los autónomos que tienen bajos ingresos.

Destacamos:

  1. La compatibilidad de la pensión de jubilación (contributiva y no contributiva) con la actividad artística o sus rendimientos.
  2. Cotización reducida para los artistas autónomos con bajos ingresos.

Para poder acceder al Real Decreto-ley en su totalidad, ver aquí

(Fuente: BOE)