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Enviado por editor el 29 June 2022

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un Real Decreto para implementar el sistema de cotización por sus rendimientos netos para los trabajadores autónomos. La norma recoge lo dispuesto en las recomendaciones 4 y 5 del Pacto de Toledo y el acuerdo con los agentes sociales para modernizar el sistema de pensiones firmado el pasado 1 de julio de 2021 y da cumplimiento al hito previsto para finales de junio de 2022 en el Acuerdo Operativo con la Comisión Europea, ya que se realizan los cambios normativos necesarios para implementar el nuevo sistema de cotización.

El Real Decreto introduce distintas modificaciones reglamentarias para incorporar la mejora de información que han de aportar los trabajadores por cuenta propia respecto a su actividad, en particular, la relativa a los rendimientos que prevean obtener en el año natural en el que se produzca el alta. El futuro sistema será más flexible que el actual ya que permitirá a los trabajadores modificar hasta 6 veces, en lugar de las 4 actuales, sus cotizaciones para adaptarlas rápidamente a sus rendimientos.

La entrada en vigor del nuevo sistema se producirá en enero de 2023 y los tipos y bases de cotización se establecerán en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para ello, el Ministerio de Inclusión está en fase de diálogo con los agentes sociales y las asociaciones de trabajadores autónomos de cara a fijar los tipos y bases de cotización a partir de 2023.

La puesta en marcha del nuevo sistema supone un gran esfuerzo técnico para la administración y es abordable gracias al avance de la digitalización de las administraciones públicas y la mayor disponibilidad de aplicaciones que facilitan la interacción electrónica de los usuarios y la Seguridad Social. Para su puesta en marcha ha sido necesario también incrementar los mecanismos de transferencia de datos y coordinación entre la Seguridad Social y la Agencia Tributaria.

Para acceder al Real Decreto completo, ver aquí.

 

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.