El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el 15 de abril hasta el próximo 31 de mayo de 2019.
Para el acceso al incentivo las empresas deberán:
- Cumplir los límites de los Índices de Siniestralidad (publicados en la orden de cotización).
- Acompañar a la solicitud del Incentivo una declaración responsable donde detallarán las obligaciones concretas preventivas.
- Haber cotizado durante el período de observación por un volumen de cuotas superior a 5.000 €
- Encontrarse al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social a fecha 31 de Mayo del año de presentación.
- No haber sido sancionado por resolución firme en vía administrativa en el período de observación por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de PRL o de Seguridad Social.
- Haber informado a los delegados de prevención.
La cuantía del Incentivo será del 5% del importe de las cuotas por Contingencias Profesionales. Además, cuando exista inversión complementaria en materia de prevención (apartados 6 y 7 del anexo I del R.D.) se reconocerá un 5% adicional.
Para obtener más información y descargar los formularios correspondientes pueden acceder al siguiente enlace: