
El Gobierno aprueba la revalorización de las pensiones y limita su cuantía máxima en 2025
El Consejo de ministros ha aprobado el Real Decreto 316/2025, de 15 de abril, que regula la revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, Clases Pasivas del Estado y otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2025. La norma también establece el límite máximo de las pensiones públicas y actualiza los complementos por mínimos, entre otras medidas.
Revalorización general: pensiones contributivas suben un 2,8 %
El decreto fija un incremento del 2,8 % en las pensiones contributivas de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, aplicable a todas aquellas pensiones causadas antes del 1 de enero de 2025. Esta subida se calcula en función del índice medio de variación interanual del IPC de los 12 meses previos a diciembre de 2024, manteniendo así el poder adquisitivo de los pensionistas.
El complemento por brecha de género, que pretende compensar las desigualdades sufridas por las mujeres en sus carreras laborales, también se actualiza, quedando en 35,90 euros mensuales por hijo o hija, con un máximo de cuatro.
Límite máximo para las pensiones públicas
Una de las medidas más destacadas del real decreto es la limitación del importe inicial de las pensiones públicas, que no podrá superar en 2025 los 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales. Esta limitación afecta tanto a pensiones del sistema general como a las de Clases Pasivas del Estado.
Cuando una persona tenga derecho a varias pensiones públicas, la suma conjunta de todas ellas no podrá superar este límite. Si lo hace, las cuantías se ajustarán proporcionalmente, y se revisarán periódicamente para evitar cobros indebidos.
Complementos por mínimos: requisitos y control
Se mantienen los complementos por mínimos para las pensiones contributivas que no alcanzan la cuantía mínima legal. No obstante, el acceso a estos complementos queda condicionado a los ingresos del pensionista:
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Límite anual sin cónyuge a cargo: 9.193 €
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Con cónyuge a cargo: 10.723 €
En caso de superar estos umbrales, ya sea por rendimientos del trabajo, capital o alquileres, el complemento será absorbido total o parcialmente.
El real decreto recuerda que estos complementos no son consolidables y pueden retirarse si el pensionista obtiene nuevas rentas o prestaciones. Además, si no se comunican los cambios económicos en el plazo de un mes, el cobro indebido deberá ser devuelto, y puede acarrear sanciones.
Ayudas para pensionistas en alquiler y pensiones no contributivas
El decreto también actualiza las pensiones no contributivas, que alcanzan los 7.905,80 euros anuales. Además, quienes no tengan vivienda en propiedad y vivan de alquiler podrán solicitar un complemento adicional de 525 euros anuales, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Otros aspectos relevantes
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Las prestaciones por orfandad derivadas de violencia de género aumentarán en la misma proporción que el Salario Mínimo Interprofesional.
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Se actualizan las ayudas sociales para personas afectadas por el VIH, así como el subsidio de movilidad y transporte para personas con discapacidad, que asciende a 1.002 euros anuales.
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Se detallan las condiciones de revalorización para pensiones concurrentes (cuando una persona cobra varias pensiones) y las reconocidas al amparo de normas internacionales o reglamentos de la Unión Europea.
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