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Enviado por editor el 17 February 2025

El pasado 12/02/2025 se publicó en el BOE el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2025.  

Se procede mediante este real decreto a establecer las cuantías que deberán regir a partir del 1 de enero de 2025, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar. Por tanto, el salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 39,47 euros/día o 1.184 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses. Las nuevas cuantías representan un incremento del 4,41% respecto de las previstas en el Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fijaba el salario mínimo interprofesional para 2024. 

En el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda, en ningún caso, dar lugar a la minoración de la cuantía íntegra en dinero de aquel. Este salario se entiende referido a la jornada legal de trabajo en cada actividad, sin incluir en el caso del salario diario la parte proporcional de los domingos y festivos. Si se realizase jornada inferior se percibirá a prorrata. 

 

Para consultar este real decreto completo, pinche aquí