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Enviado por editor el 11 October 2024

Ya está publicado el Boletín Sistema Red Nº 9/2024 de 10 de octubre con el siguiente contenido: 

  • TRLGSS. Art. 19 bis. COTIZACION ADICIONAL DE SOLIDARIDAD. ACLARACIONES. Como continuación a lo publicado en el Boletín Noticias RED 07/2024, en el apartado RD LEGISLATIVO 8/2025 (TRLGSS). Art. 19. Bis. COTIZACION ADICIONAL DE SEGURIDAD, se incluyen determinados aspectos establecidos por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social con relación a la cotización: 

  1. Personas trabajadoras excluidas de cotizar por contingencias comunes.
  2. Determinación de la base de cotización máxima. 
  3. Aplicación de beneficios en la cotización adicional de seguridad. 
  • RDL 1/2023. ART. 17: CONTRATOS DE DUARCION DETERMINADA PARA SUSTITUCION DE PERSONAS TRABAJADORAS EN DETERMINADOS SUPUESTOS. ACTUALIZACION BNR 11/2023. En el Boletín Noticias RED 11/2023, de 26 de julio, se especificaron las actuaciones a realizar para la aplicación de las bonificaciones establecidas los artículos 17-contratos de duración determinada que se celebren con personas desempleadas para la sustitución de personas trabajadoras en determinados supuestos- y 18 -personas trabajadoras sustituidas durante las situaciones de nacimiento y cuidado del menor o la menor, ejercicio corresponsable del cuidado del menor o de la menor lactante, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural- del RDL 1/2023. A efectos de aplicación de los criterios modificados, es necesario, por tanto, modificar la información contenida en el BNR 11/2023, de la forma que se indica a continuación: 

         Actuaciones en el ámbito de afiliación: Creación de nuevos valores del campo CAUSA DE SUSTITUCIÓN 

  •  Causa de Sustitución 10-DESCANSO NACIMIENTO, CUIDADO MENOR. RDL 1/2023. Para la aplicación de la bonificación tanto en la persona trabajadora sustituta como en la sustituida.  
  • Causa de Sustitución 11-DESCANSO NAC., CUIDADO MENOR. SUSTITUTO. RDL 1/2023. Para la aplicación de la bonificación en la persona trabajadora sustituta pero no en la sustituida.  
  •  Causa de Sustitución 12-RIESGO EMBARAZO-LACTANCIA NATURAL. RDL 1/2023. Para la aplicación de la bonificación tanto en la persona trabajadora sustituta como en la sustituida.  
  • Causa de Sustitución 13-RIESGO EMBARAZO-LACTANCIA. SUSTITUTO. RDL 1/2023. Para la aplicación de la bonificación en la persona trabajadora sustituta pero no en la sustituida. 

           Actuaciones sobre las altas de trabajadores con valor 02 en CAUSA DE SUSTITUCIÓN. 

           Actuaciones sobre las altas de trabajadores con valor 05 en CAUSA DE SUSTITUCIÓN. 

           Descripción de los nuevos valores 10 (DESCANSO NACIMIENTO, CUIDADO MENOR. RDL 1/2023), 11 (DESCANSO NAC., CUIDADO MENOR. SUSTITUTO. RDL 1/2023), 12 (RIESGO EMBARAZO-LACTANCIA NATURAL. RDL 1/2023), y 13. 

Aspectos generales respecto de la comunicación de los contratos de sustitución con CAUSA DE SUSTITUCIÓN. 

Se incluyen a continuación aclaraciones respecto de la comunicación de las altas* ante los diferentes escenarios posibles:  

(*Las altas a las que se hace referencia en los siguientes puntos, son las correspondientes al inicio de una actividad laboral como consecuencia de la celebración de contratos de sustitución, sin perjuicio de posibles altas que sean consecuencia de reinicios de actividad laboral tras suspensiones sin obligación de cotizar). 

  1. Inicio del contrato de sustitución antes de que se produzca la ausencia de la persona sustituida. 

  1. Sucesión de altas por contratos de sustitución para cubrir distintas causas de sustitución que se produzcan, sin solución de continuidad, respecto del mismo trabajador sustituido, cuando alguna de estas causas de sustitución no genere derecho a incentivo. 

  1. Sucesión de altas por contratos de sustitución para cubrir distintas causas de sustitución con derecho a bonificación que se produzcan, sin solución de continuidad, respecto del mismo trabajador sustituido. 

  1. Sucesión de altas por contratos de sustitución para cubrir distintas causas de sustitución que se produzcan, con solución de continuidad, respecto de este o distinto trabajador sustituido. 

  1. Sucesión de altas por contratos de sustitución para cubrir distintas causas de sustitución que se produzcan, sin solución de continuidad, respecto de distinto trabajador sustituido. 

  • RDL 1/2023. ART. 18: PERSONAS TRABAJADORAS SUSTITUIDAS DURANTE LAS SITUACIONES DE NACIMIENTO Y CUIDADO DEL MENOR O LA MENOR, EJERCICIO CORRESPONSABLE DEL CUIDADO DEL MENOR O DE LA MENOR LACTANTE, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO Y RIESGO DURANTE LA LACTANCIA NATURAL. ACTUALIZACIÓN BNR 11/2023. 

         Actuaciones en el ámbito de afiliación 

No se precisa la realización de actuaciones específicas en el ámbito de afiliación para la aplicación de las bonificaciones de cuotas establecidas en el artículo 18 del RDL 1/2023, salvo las indicadas respecto de las bonificaciones reguladas en el artículo 17 y aquellas otras que ya están actualmente operativas para la aplicación de estas bonificaciones de cuotas, actualmente reguladas por la DA 2ª de la Ley 12/2001. 

        Actuaciones en el ámbito de las liquidaciones de cuotas 

Con carácter general, no se precisa la realización de actuaciones en el ámbito de la liquidación de cuotas para la aplicación de las bonificaciones del artículo 18 del RDL 1/2023. 

  • TRLGSS. DA 52. NUEVO TRÁMITE CASIA. ALEGACIONES SOBRE ANULACIÓN DE ALTA. En aquellos supuestos en los que la Tesorería General de la Seguridad Social verifique que a los alumnos hayan causado alta como asimilados a trabajadores por cuenta ajena por la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación, conforme a lo establecido en la DA 52 TRLGSS, se les reconoce, posteriormente a la solicitud de dicha alta, y con efectos anteriores a la misma, una pensión de jubilación o de incapacidad permanente, contributiva o no contributiva, u otras circunstancias equiparables a estos efectos, se procederá a revisar de oficio dicha alta para proceder a su anulación, en aplicación de lo establecido en el apartado 11 de la citada DA 52. 

  • VALIDACIÓN FICHEROS FDI. En la nueva versión de SILTRA 3.7.0./3.7.1. se ha corregido una incidencia que se reportó en la versión 3.6.0. sobre la validación de ficheros FDI. 

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