La Orden ESS/214/2018, de 1 de marzo, modifica la Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social.
El ámbito de aplicación subjetivo del Sistema RED se extiende de forma obligatoria a los trabajadores por cuenta propia integrados en los Regímenes Especiales de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y de los Trabajadores del Mar.
Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, que en la fecha de entrada en vigor de esta orden figuren en alta en el régimen correspondiente y no estuvieran incorporados en el Sistema RED, deberán proceder a su incorporación al mismo dentro de un plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la Orden, el 1 de abril de 2018.
La incorporación al Sistema RED no será obligatoria:
- En el Régimen General de la Seguridad Social, por lo que respecta al colectivo de profesionales taurinos y al Sistema Especial para Empleados de Hogar.
- En el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, para los trabajadores por cuenta propia clasificados, a efectos de cotización, en los grupos segundo y tercero del artículo 10 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre.