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Enviado por editor el 12 December 2024

Se publica el RD 1251/2024, de 10 de diciembre con las siguientes novedades. 

Principales modificaciones y objetivos 

  1. Reconocimiento de derechos laborales y mejoras contractuales: 

  • Indemnización por finalización de contrato: Se garantiza una compensación equivalente a la establecida para contratos temporales según el Estatuto de los Trabajadores (artículo 49). 

  • Orientación postdoctoral: Se incluye un período adicional de hasta 12 meses tras la obtención del doctorado, orientado a facilitar la transición profesional de los investigadores. 

  • Duración máxima del contrato: 

  • 4 años como norma general. 

  • 6 años en el caso de investigadores con discapacidad. 

  • Los períodos de baja, permisos o excedencias interrumpen o prorrogan el cómputo de la duración del contrato. 

  1. Simplificación y agilidad administrativa: 

  • Contratos vinculados a financiación externa o pública no requieren autorización previa de la Administración. 

  1. Promoción de igualdad de oportunidades: 

  • Obliga a las administraciones a eliminar sesgos de género en los procesos de selección y evaluación. 

  • Garantiza la igualdad de derechos para quienes disfruten de permisos de maternidad, paternidad, cuidado de dependientes u otras situaciones relacionadas con la conciliación familiar. 

  • Previene penalizaciones en la evaluación de investigadores que atraviesen circunstancias como violencia de género o excedencias por cuidado. 

  1. Entornos laborales seguros y equitativos: 

  • Se asegura que los investigadores trabajen en ambientes inclusivos, igualitarios y sin discriminación. 

  • Se implementan protocolos específicos frente al acoso sexual, por razón de género, identidad o expresión de género. 

  1. Condiciones económicas: 

  • Las retribuciones mínimas del personal predoctoral se alinean con el grupo M3 del convenio laboral estatal, o su equivalente en futuros convenios. 

  • Durante el contrato, incluidas sus prórrogas, se aplicará una bonificación en la Seguridad Social de 115 euros/mes. 

 

Cambios en el contenido normativo 

  1. Definición del contrato predoctoral: 

  • Simultánea realización de tareas de investigación y actividades de doctorado, excluyendo funciones que desvirtúen el propósito formativo. 

  • Se detalla la vinculación a proyectos específicos y novedosos. 

  1. Extinción del contrato: 

  • Finaliza al obtener el título de doctor, al término del período postdoctoral o al alcanzar la duración máxima establecida (4 o 6 años). 

  • Se añade la obligación de indemnizar al investigador por finalización del contrato. 

  1. Aplicación retroactiva: 

  • Las nuevas disposiciones se aplican a los contratos vigentes desde la entrada en vigor de la Ley 17/2022 (5 de septiembre de 2022) y a los suscritos posteriormente. 

  1. Inclusión de nuevos derechos: 

  • Protección frente al acoso laboral y derechos a desarrollar actividades en un entorno igualitario. 

 

Motivación del cambio 

  • Mejorar las condiciones laborales y la estabilidad del personal investigador. 

  • Fomentar la carrera investigadora con mayor atractivo y seguridad jurídica. 

  • Adaptar la normativa a los principios de buena regulación, incluyendo eficacia, transparencia y eficiencia administrativa. 

 

Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE, excepto ciertos artículos que tendrán efectos retroactivos desde el 1 de septiembre de 2023. Para acceder al RD completo, pinche aquí.